Las reglas del juego para el 2015
Primera parte
Por
Eduardo Martínez Benavente
Después de 22 años de
que se aprobó la ciudadanización de los organismos electorales somos testigos
de las resistencias que existen para limpiar de vicios e injerencias nocivas a
las instituciones responsables de organizar los procesos electorales, pues sus
integrantes responden a la repartición de un sistema de cuotas entre los
principales partidos políticos y a los intereses de los gobernadores; por lo
que resulta esperanzador que de ahora en adelante sea una instancia autónoma y
federal, como el Instituto Nacional Electoral (INE), la encargada de designar a
los consejeros ciudadanos del Consejo Estatal Electoral y de Participación
Ciudadana y no el Congreso del Estado; y no porque el INE vaya a ser una
institución incorruptible e imparcial, sino porque será más cuidadoso en los
nombramientos que otorgue y con muy poco interés o ninguno en los asuntos
políticos que ocurren en San Luis, pues somos una entidad insignificante y con
muy poco peso político a nivel nacional como para preocuparles.
Creo también que si el
PAN no se equivoca de candidato a la gubernatura del estado, no se fracciona y aprovecha
la desastrosa imagen que proyecta la administración de Fernando Toranzo por su
desempeño; puede recuperar esa posición que perdió hace cinco años por la soberbia
y errores en que incurrió Alejandro Zapata. Creo que el único panista que puede
derrotar al PRI con estas condiciones es Octavio Pedroza, y no porque sea una eminencia
política o un exitoso emprendedor, sino porque es el menos malo de los
aspirantes de ese partido, y además porque como candidato a senador ganó una
elección en el estado. Es más, no me extrañaría que pudiera contender como
abanderado de una coalición formada por el PRD y el blanquiazul. La mediocridad
de los priistas que se apuntan para ocupar ese cargo es otro factor para la
derrota. Ninguno sobresale, independientemente de que en una negociación entre
el PAN y el PRI, éste, para no levantarse con "el carro completo" en
el 2015 y seguir jugando a la democracia, se podría comprometer a ceder dos o
tres gubernaturas absteniéndose de utilizar recursos humanos y económicos
ilegales para comprar el voto ciudadano en esas entidades. Ninguno de los
aspirantes del PRI vale una misa y son cómodamente canjeables.
Otra reforma electoral
a nivel federal que se aplicará para cualquier elección y que debemos aplaudir
se deriva del descrédito en el que cayeron los resultados electorales, pues en
lo sucesivo será causal de nulidad el hecho de que alguien "adquiera"
bajo cualquier concepto cobertura informativa o tiempos de radio y televisión
para favorecer a un candidato. Este término había sido eliminado por los
diputados en la reciente reforma político electoral en la que sólo habían
dejado la palabra "compre", que entrañaba una circunstancia difícil
de comprobar. La aplicación de esta reforma que acaba de aprobar el Senado
seguramente contribuirá a darle equidad a las contiendas y a dificultar la
creación de candidatos vacíos que la radio y televisión proyectan como súper
hombres a cambio de poder y dinero. En el ámbito nacional tenemos el ejemplo de
Peña Nieto; en el local, los soledenses a Ricardo Gallardo y los de la capital
potosina a Mario García Valdez. Sólo falta que nuestras timoratas autoridades
se atrevan a aplicar las sanciones.
Las
reformas y adiciones a la Constitución del Estado que se aprobaron este jueves
revisten una especial importancia para el destino de San Luis Potosí porque
permiten la reelección de los diputados hasta por tres períodos consecutivos y
el de los presidentes municipales, regidores y síndicos por otros tres años.
Esto quiere decir que los que resulten electos el primer domingo de junio del
próximo año podrían, en el primer caso, permanecer en sus cargos
ininterrumpidamente hasta septiembre de 2027, y los segundos hasta octubre de
2021. Los ciudadanos corremos un enorme riesgo de que funcionarios ineptos y
corruptos se eternicen en sus puestos porque a más de un diputado o presidente
municipal, con la influencia política y recursos con que cuentan, no se les
dificultará manipular a los electores y hacerse de una clientela que les asegure
ganar las siguientes elecciones, además de que a sus contendientes les llevarán una
ventaja difícil de superar. Sólo en los países cultos y democráticos se puede
justificar la reelección de sus autoridades.
Con la
reforma al artículo 138 de la Constitución Política del Estado, aprobada en la
sesión del 22 de septiembre de 2011, ya no es necesario que los ayuntamientos
se pronuncien a favor o en contra de las adiciones y reformas constitucionales cuando
son ordenadas por la Constitución General de la República y deban constar en la
Constitución del Estado, pues hasta antes de la reforma se requería para que
éstas surtieran efectos, además del voto, cuando menos, de las dos terceras
partes de los diputados, el de la mayoría de los ayuntamientos del estado. En
esta ocasión les bastó con el voto de más de las dos terceras partes de la
Legislatura estatal para que las reformas político electorales que se acaban de
aprobar se integraran a la Constitución del Estado. Es cierto que el trámite
legislativo era ocioso, pues no recuerdo que alguno hubiera votado en contra de
alguno de los dictámenes que recibía, o que por lo menos hubiera argumentado
motivos para oponerse o abstenerse, aunque era muy común que por su falta de
interés se entretuvieran meses en aprobarlos o simplemente no contestaban los
oficios, no obstante que el Congreso del Estado les proporcionaba el texto del
acta que había de aprobar en una sesión de cabildo. Creo que algunas de las
adicionas y reformas aprobadas esta semana, que se analizarán en las siguientes
entregas, no tienen concordancia con las reformas y adiciones que sufrió la
Constitución federal, por lo que sería obligatorio someterlas a la aprobación
de la mayoría de los ayuntamientos, que de acuerdo a la reforma ocurrida en el
2011 tendrían un plazo no mayor de tres meses para aprobarlas o rechazarlas,
pues de no pronunciarse en ese término sus integrantes serían sujetos de
responsabilidad administrativas.
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